Qué es el Sistema de Alertas Tempranas – SAT ?Es un instrumento diseñado por la Defensoría del Pueblo en Colombia para monitorear y advertir las situaciones de riesgo de la población civil en relación con el conflicto armado.
En desarrollo de su misión el SAT acopia, verifica y analiza información de diferentes fuentes, identifica y valora las amenazas y situaciones de vulnerabilidad que afectan los derechos fundamentales de las comunidades, elabora documentos de análisis estructural y emite informes de riesgo sobre factibles violaciones masivas de los derechos humanos, con el fin de que las autoridades competentes coordinen sus acciones y brinden una atención integral y oportuna a la población civil afectada.
Qué se entiende por violación masiva de los derechos humanos?Para el SAT constituye violación masiva de los derechos humanos toda vulneración grave de los derechos fundamentales de un grupo social, comunidad o población, como consecuencia de una acción realizada directamente o con la anuencia de un grupo u organización armada que toma parte en la contienda.
Cuál es el alcance de la prevención de violaciones masivas de derechos humanos?La acción preventiva involucra medidas y acciones necesarias que con anticipación debe disponer el Estado para evitar la ocurrencia o mitigar los efectos de un hecho de violencia u acción bélica que pueda afectar a la población civil.
Desde una perspectiva humanitaria, el SAT busca promover la acción del Estado y la solidaridad del conjunto social para disuadir a los actores armados y para evitar la consumación del riesgo o mitigar sus efectos sobre la población civil.
Para el efecto, también promueve el fortalecimiento y acompañamiento institucional a los procesos de acción colectiva y de solidaridad que desarrollan las comunidades para superar los niveles de vulnerabilidad que las afecta con relación a las amenazas y riesgos a que se ven expuestas en el conflicto armado.
Cuáles son los principios que orientan al SAT? Humanitario : La dignidad humana, la inmunidad y la protección de la población civil, prevalece frente a cualquiera otra consideración, en el desarrollo de la acción preventiva que el Estado debe realizar en el marco del conflicto armado.
Protección : La acción preventiva del SAT no debe generar riesgos adicionales, ni agravar los preexistentes, respecto a las personas o comunidades afectadas por el conflicto armado.
Respeto por las competencias institucionales : Establece que la gestión del SAT se desarrolla con fundamento en las competencias constitucionales y legales de la Defensoría del Pueblo y en correspondencia con los principios de coordinación, subsidiaridad, concurrencia y respeto por los mandatos y competencias atribuidas a las diferentes instituciones del Estado.
Imparcialidad : En su labor de exigir el respeto de los derechos humanos y el imperativo acatamiento de las normas del Derecho Internacional Humanitario, el SAT no es ni actúa como un sistema de búsqueda activa de información, ni desarrolla labores propias de los organismos de inteligencia militar, policial o de seguridad del Estado. Sus acciones promueven la intervención humanitaria y no deben propiciar ventaja de ningún orden para los actores que participan en la confrontación armada.
Celeridad : El SAT advierte e informa de manera anticipada a las autoridades competentes sobre situaciones que en el marco del conflicto armado representan riesgo para las comunidades, con el fin de que se activen y coordinen en forma oportuna y eficaz las acciones necesarias para prevenir la ocurrencia de violaciones masivas de los derechos humanos.
Cuáles son los objetivos estratégicos del SAT?- Desarrollar los lineamientos de una política institucional que le permita a la Defensoría del Pueblo intervenir eficazmente en la prevención de violaciones masivas de los derechos humanos derivadas del conflicto armado.
- Promover la formulación de una política pública y de un sistema nacional de prevención que oriente y coordine al conjunto de la institucionalidad estatal, en su deber de garantizar y proteger los derechos fundamentales de las personas y de la población civil frente a las consecuencias del conflicto armado.
- Promover una cultura de convivencia y solución pacífica de conflictos, basada en el respeto de los derechos humanos, que contribuya desde los ámbitos de la prevención a generar condiciones para una solución no violenta del conflicto armado.
Cuáles son los objetivos específicos del SAT?- Consolidarse como un mecanismo confiable en el manejo de la información y eficiente en el análisis del riesgo que contribuya a optimizar la respuesta y la atención que brinda el Estado a las comunidades en riesgo como consecuencia del conflicto armado.
- Promover la coordinación de las entidades del Estado con las comunidades y las organizaciones sociales para la concertación y el desarrollo de planes y acciones de prevención en los diferentes ámbitos territoriales.
- Advertir a las autoridades competentes sobre la factible ocurrencia de violaciones masivas de los derechos humanos, con el fin de que se proteja a la población afectada y para que se activen los mecanismos y acciones necesarios para disuadir, controlar, mitigar o superar el riesgo advertido.
- Elaborar y difundir investigaciones y estudios de diferente cobertura territorial, en los cuales se analicen los aspectos estructurales y del conflicto armado que determinan las condiciones de vulnerabilidad y exposición al riesgo a que se ve sometida la población civil, con el propósito de contribuir a la formulación de una política pública en la materia.
Cómo advierte el SAT sobre la factible ocurrencia de violaciones masivas de los derechos humanos?El SAT elabora un documento denominado Informe de Riesgo del Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo; su emisión es el resultado de un proceso de verificación y análisis de información; de valoración de las amenazas y dinámicas que caracterizan la confrontación armada en una región; de las características, fortalezas y vulnerabilidades de la población y de los factores institucionales vigentes para su protección.
El Informe se remite al Comité Interinstitucional de Alertas Tempranas del gobierno nacional, para que, previo análisis del mismo, emita la Alerta Temprana correspondiente y oriente la actuación de las diferentes autoridades de conformidad con sus competencias legales.
Qué es el Comité Interinstitucional de Alertas Tempranas? El Comité interinstitucional de alertas tempranas (CIAT) es la instancia constituida por el gobierno nacional para recibir los informes de riesgo emitidos por el SAT, evaluar la pertinencia de la emisión o no de una alerta temprana y tiene la responsabilidad de orientar y coordinar las acciones que deben desarrollar las diferentes autoridades para proteger a la población civil y para garantizar una respuesta oportuna y eficaz respecto a la situación advertida.
El CIAT, adscrito y bajo la coordinación del Ministerio del Interior y de Justicia, está integrado por representantes de la Vicepresidencia de la República, el Ministerio de Defensa Nacional, Ejército Nacional, Policía Nacional y el Ministerio del Interior.
Cuáles son las fuentes de información del SAT? Son fuentes primarias de información para el SAT las personas y comunidades que se vean afectadas o expuestas a amenazas y situaciones de riesgo derivados del conflicto armado, los personeros municipales y demás entidades y autoridades públicas, las organizaciones sociales, comunitarias y no gubernamentales de derechos humanos, las autoridades eclesiásticas u organizaciones religiosas, o cualquiera otra institución que trabaje o tenga interés en la protección de los derechos humanos.
Son fuentes secundarias de información, las investigaciones, estudios e informes o cualquier otro documento que contribuya al conocimiento de la situación que afecta los derechos fundamentales de la población civil en relación con el conflicto armado interno. En el mismo sentido reviste gran importancia para el SAT la información sobre las características y aspectos socioeconómicos de la población, del territorio, y de las lógicas y dinámicas en que se manifiesta la confrontación armada.
Qué tipo de información es del interés del SAT? Para el SAT es útil toda información que permita identificar y valorar amenazas y posibles ataques o vulneraciones contra los derechos fundamentales y contra la seguridad de la población civil, como consecuencia del conflicto armado interno.
En ese sentido es relevante la información sobre rumores o comentarios generalizados acerca de intimidaciones, amenazas, retaliaciones o eventuales agresiones por parte de un actor armado contra un grupo social o comunidad determinada. También es importante la información acerca del incremento inusitado de variables y estadísticas de violencia y en general cualquier tipo de información que ayude a determinar y valorar las situaciones y niveles de riesgo en que se pueda encontrar una comunidad o un grupo de personas civiles.
Cómo se puede allegar la información al SAT? A través de cualquiera de las oficinas Regionales o Seccionales de la Defensoría del Pueblo ubicadas en cada una de las capitales de los diferentes departamentos y en las sedes de Barrancabermeja y Apartadó.
Para el efecto se puede utilizar cualquier medio idóneo, en forma personal, verbal o por escrito o telefónicamente, vía fax o por internet, la información y la fuente que la suministra estará amparadas bajo criterios de confidencialidad de conformidad con lo dispuesto en la ley 24 de 1992.
Dónde se puede contactar al SAT? Sede Nacional de la Defensoría del Pueblo: Bogotá D.C, Calle 55 No- 10-32 – Bloque C – 3 piso.Teléfonos 3147300-3144000 extensiones. 2464 - 2437 fax 6915300.Delegada para la Evaluación de Riesgos de la Población Civil como Consecuencia del Conflicto Armado.e-mail : sat@defensoria.org.co
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1 comentario:
uyyy que largo ja
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